Preguntas Frecuentes sobre Inmuebles en RD

Respondemos las dudas más comunes al comprar, vender o alquilar propiedades en República Dominicana.

Comprar Apartamento / Casa
¿Cuánto dinero necesito realmente para comprar una propiedad?
Además del precio de la propiedad, debes presupuestar el impuesto de transferencia (3% del valor), honorarios del abogado (1–1.5%), costos de tasación, gastos notariales y el seguro hipotecario si usas financiamiento. En total, suma entre un 5% y 7% adicional sobre el precio pactado.
¿Necesito contratar un abogado para comprar una propiedad?
Sí, es indispensable. El abogado verifica que el título esté limpio de cargas, deudas e hipotecas; redacta la Promesa de Venta y el contrato definitivo; y gestiona la transferencia en el Registro de Títulos. No firmes ningún contrato sin asesoría legal especializada en derecho inmobiliario.
¿Qué es la Promesa de Venta y qué valor legal tiene?
Es el primer contrato formal entre comprador y vendedor, donde se establece el precio, forma de pago y fecha de entrega. Según el Código Civil Dominicano, "la promesa de venta vale venta", lo que la convierte en un documento vinculante. Debe ser notariada por un abogado para tener plena validez legal.
¿Qué es el Certificado de Título y quién lo emite?
Es el documento oficial del Estado Dominicano que prueba la titularidad de un inmueble. Lo emite el Registro de Títulos y es la máxima evidencia legal de propiedad. Siempre exige verlo antes de comprometerte en cualquier transacción inmobiliaria.
¿Hay exención del IPI (Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria)?
Sí. Están exentos: propietarios mayores de 65 años (sin otros inmuebles a su nombre), propiedades agrícolas/rurales, proyectos acogidos a la Ley Confotur (turismo), y viviendas bajo fideicomiso de bajo costo. Proyectos Confotur también pueden recibir exención de hasta 15 años en impuesto de transferencia e IPI.
Alquilar Apartamento / Casa
¿Cuánto dinero necesito para entrar a un alquiler en Santo Domingo?
El estándar en el mercado dominicano es: 2 meses de depósito (reembolsables al salir) + 1 mes por adelantado + 1 mes de comisión al corredor. Es decir, debes tener disponibles aproximadamente 4 mensualidades al momento de firmar el contrato.
¿Qué documentos pide el propietario al inquilino?
Generalmente: copia de cédula o pasaporte, carta de trabajo o constancia de ingresos, últimos 3 estados de cuenta bancarios, referencias de propietarios anteriores, y datos del fiador solidario. El fiador también debe presentar sus documentos e historial crediticio.
¿Qué incluye normalmente el mantenimiento de un condominio?
Varía según el edificio, pero generalmente incluye: limpieza de áreas comunes, recogida de basura, seguridad 24/7 y en algunos casos gas por tubería. El agua, luz y servicios individuales del apartamento corren por cuenta del inquilino, a menos que se especifique lo contrario en el contrato.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de alquiler desde la visita hasta firmar?
Si tienes todos los documentos al día, el proceso en Santo Domingo suele completarse en 3 a 5 días hábiles: visita → aprobación del perfil → negociación de condiciones → firma de contrato y entrega de llaves.
¿El propietario puede subir el alquiler cuando quiera?
No. El alquiler está regulado en RD por la Ley 4314 y sus modificaciones. Cualquier incremento debe estar pactado en el contrato o seguir el procedimiento legal. Revisar bien las cláusulas del contrato antes de firmarlo es clave para evitar aumentos sorpresivos.
Comprar / Vender Solar (Terreno)
¿Cómo sé si un solar tiene uso residencial, comercial o mixto?
El uso de suelo lo determina la Dirección General de Ordenamiento Territorial y el Ayuntamiento correspondiente. Antes de comprar un solar, solicita el certificado de uso de suelo y consulta el plano de zonificación de la ciudad. Esto define qué puedes construir y con cuántos niveles.
¿Qué significa que un solar esté "deslindado"?
Significa que la parcela ha sido medida, delimitada y registrada individualmente en el Registro de Títulos, con su propio Certificado de Título. Un solar no deslindado forma parte de una parcela mayor, lo que complica la venta y la construcción. Siempre compra solares con título individual y deslinde aprobado.
¿Puedo construir de inmediato una vez compro el solar?
No directamente. Primero debes tramitar el permiso de construcción ante el Ayuntamiento y cumplir con los requerimientos del Ministerio de Obras Públicas según el tipo de proyecto. Algunos municipios también exigen aprobación de planos por parte del colegio de ingenieros y arquitectos (CODIA).
Nave Industrial — Comprar o Alquilar
¿Qué especificaciones técnicas debo revisar antes de alquilar una nave?
Los puntos clave son: metros cuadrados construidos, altura libre útil (importante para maquinaria o racks de almacenamiento), potencia eléctrica disponible (trifásica o monofásica), acceso para camiones o muelles de carga, y si tiene oficinas integradas. Verifica también el uso industrial permitido en la zona según el Ayuntamiento.
¿Se puede negociar un período de carencia en el alquiler de una nave?
Sí, y es recomendable pedirlo cuando implica traslado de maquinaria, inventario o equipos de producción. La carencia es un período inicial (generalmente 1–3 meses) sin pago de renta para permitir la instalación. Es un punto de negociación válido y frecuente en contratos industriales.
¿Qué debo verificar sobre el uso de suelo industrial antes de firmar?
Confirma que el uso de suelo permite específicamente tu tipo de actividad (manufactura, almacén, logística, alimentaria, etc.). No todas las zonas industriales permiten todos los usos. Además, verifica si se requiere Licencia Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente según el tipo de operación.
Vender una Propiedad
¿Cuánto cobra el corredor de bienes raíces por vender mi propiedad?
La comisión estándar en el mercado dominicano es del 3% al 5% sobre el precio de venta final, y generalmente la paga el vendedor. Algunos corredores trabajan con exclusividad a cambio de mayor dedicación al inmueble. Siempre firma un acuerdo de intermediación que especifique el porcentaje y las condiciones.
¿Puedo vender mi propiedad si todavía tengo hipoteca?
Sí, es posible. En la mayoría de los casos, el balance pendiente de la hipoteca se cancela con parte del dinero de la venta en el momento del cierre. El banco libera el gravamen y el título queda libre para transferirse al comprador. Tu abogado coordina este proceso con la entidad financiera.
¿Se paga impuesto sobre la ganancia al vender una propiedad?
En República Dominicana aplica el impuesto sobre ganancia de capital si el precio de venta supera el costo ajustado del inmueble. La tasa es del 27% sobre la ganancia neta si se vende a través de una empresa, o tasas progresivas si es una persona física. Consulta con un contador o abogado tributario antes de vender.
Compradores e Inversores Extranjeros
¿Pueden los extranjeros comprar propiedades en República Dominicana?
Sí, sin ninguna restricción. La ley dominicana otorga a los extranjeros los mismos derechos que a los nacionales para ser propietarios de bienes inmuebles. No se requiere residencia, visa especial ni socio dominicano. Solo necesitas pasaporte vigente y cumplir con el proceso legal estándar de compraventa.
¿Qué impuesto pago si alquilo mi propiedad siendo extranjero no residente?
Los ingresos por alquiler son tributables en RD. Para no residentes puede aplicarse una retención del 10%. Si la propiedad está a nombre de una empresa, la tasa es del 27% sobre la renta neta. Se permiten deducciones por mantenimiento, administración y depreciación. Se recomienda contratar un contador local para cumplir con las declaraciones anuales.
¿Hay beneficios fiscales para inversiones turísticas en RD?
Sí. La Ley Confotur (Ley 158-01) ofrece exenciones de hasta 15 años en IPI (impuesto anual de propiedad), impuesto de transferencia y sobre la renta para proyectos aprobados. Es una de las leyes de incentivo turístico más atractivas del Caribe y aplica tanto a nacionales como extranjeros.
¿Puedo heredar una propiedad en RD siendo extranjero? ¿Hay impuesto?
Sí. Todo extranjero que herede bienes en RD está sujeto al impuesto de sucesiones del 3% sobre el valor total del patrimonio heredado. Los herederos deben presentar la Declaración Jurada de Sucesiones ante la DGII dentro de los 90 días posteriores al fallecimiento del causante.

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